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Proyectos de Innovación

FUNCIONES DEL DIRECTOR DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Son funciones del Director:

a.    Representar legalmente a la Institución.

b.    Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativa  Institucional, el Plan Anual de Trabajo;  con la participación  activa del personal Docente, Administrativo, CONEI, APAFA y Municipio Escolar.

c.    Velar por el cumplimiento de los objetivos  educacionales y por  un buen  trato de los estudiantes dentro y fuera de la Institución.

d.    Organizar y dirigir  la supervisión Educativa y/o monitoreo.

e.    Presidir las reuniones Técnico-Pedagógico, Administrativas y otras relacionadas con los fines de la Institución Educativa.

f.     Autorizar visitas de estudio de acuerdo a las normas vigentes.

g.    Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y exoneración de áreas de estudio, así como la aplicación de las pruebas de ubicación.

h.    Autorizar de oficio la matrícula del menor abandonado en peligro moral y poner el caso en conocimiento  de las autoridades e instituciones  respectivas.

i.      Autorizar  la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos oficiales de acuerdo  a las normas vigentes.

j.      Expedir los Certificados de Estudios.

k.    Estimular  y/o sancionar  según sea el caso a los estudiantes de la Institución Educativa.

l.      Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar  y evaluar  la labor del personal a su cargo.

m.   Otorgar permiso al personal a su cargo hasta por tres días al año en casos debidamente justificados, informando a la dirección de la UGEL-Melgar.

n.    Firmar en representación del empleador, las solicitudes de prestación de servicios de ESSALUD.

o.    Estimular al personal  a su cargo por acciones  extraordinarias, tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otras que redunden en beneficio de los educandos, de la Institución y la comunidad en los casos sobresalientes, proponer a la dirección de la UGEL su reconocimiento por resolución.

p.    Llamar y/o advertir verbalmente o por escrito al personal de la Institución Educativa por incumplimiento de funciones, en caso de reincidencia o gravedad de la falta informará por escrito a la dirección de la UGEL Melgar.

q.    Asesorar a la APAFA y cautelar por su movimiento económico. En concordancia a la Ley 28628 y su Reglamento D.S. 004-2006-ED.

r.     Organizar y supervisar el programa anual de Promoción Educativa Comunal.

s.     Promover la cooperación de Instituciones locales y regionales para mejorar los servicios educativos que brinda la Institución.

t.      Administrar la documentación de la Institución.

u.    Administrar los fondos provenientes de actividades productivas de acuerdo a las normas específicas.

v.    Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios.

w.   Administrar el centro de recursos educativos, los equipos y materiales educativos.

x.    Autorizar de acuerdo a las disposiciones vigentes, el uso eventual de los ambientes, equipos de la institución por parte de instituciones de la comunidad para fines culturales educativos.

y.    Mantener relaciones humanas y profesionales con la Comunidad Educativa.

z.     Emite Resoluciones de Reconocimiento y Felicitación al personal Docente y Administrativo por cumplir sus 25 y 30 años de servicios.

aa.  Garantizar el inicio de las labores académicas conforme al plan y horarios establecidos.

bb.  Denunciar presuntos hechos irregulares que puedan constituir falta de carácter administrativo y/o Técnico-pedagógicos, implicancia delictual para que sean investigadas y de lugar a la absolución o sanción al que lo cometa.

cc.   Evitar la ruptura de principio de autoridad, velando por el estricto cumplimiento de los reglamentos y disposiciones que norman el desarrollo institucional.

dd.  Informar mensualmente las inasistencias del personal a su cargo de acuerdo a dispositivos legales vigentes.

ee.  Suscribir contratos o convenios.

ff.    Distribuir y recibir el trabajo diario de los auxiliares de secretaría, biblioteca, laboratorio o personal de servicio.

gg.  Cumplir otras funciones inherentes al cargo.



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